En elDinero, bajo la firma de Jairon Severino, se publicó un trabajo que trata sobre la casi desaparición de las corporaciones de crédito en el mercado financiero dominicano. La Asociación de Bancos de Ahorro y Corporaciones de Crédito (Abancord) tiene su versión sobre esta situación. A continuación, su explicación:
Uno de los principales motivos de una menor cantidad, a través de los años, de las corporaciones de crédito en el país, es que la regulación actual, que data de 2002, limita los productos y servicios que pueden ofrecer estas entidades, tales como las cuentas de ahorro, tarjetas de crédito y, más recientemente, la posibilidad de establecer subagentes bancarios.
Por citar un ejemplo, un banco de ahorro y crédito puede ofrecer más de 20 tipos de operaciones distintas; en cambio, las corporaciones de crédito solo pueden ofrecer nueve. Estas limitaciones se traducen en una menor capacidad para generar ingresos, así como un costo de fondo más elevado.
Asimismo, las corporaciones de crédito son evaluadas con las mismas exigencias normativas y de infraestructura que los otros tipos de entidades de intermediación financiera, ya que están sujetas al mismo nivel de regulación que la banca múltiple.
Por otro lado, una de las principales razones por las que muchas corporaciones de crédito se han visto en la necesidad de fusionarse, cesar operaciones, convertirse en bancos de ahorro y crédito o múltiples, radica en el alto costo regulatorio de operar, lo que, unido a la realidad de transformación tecnológica y de infraestructura que está experimentando el sector financiero en general, las obliga a realizar grandes inversiones en contratación de personal y equipos más especializados, que no pueden compensar por las limitaciones regulatorias en los productos y servicios que ofrecen. Es decir, un banco múltiple cuenta regulatoriamente con más ramas y canales de negocios para solventar y garantizar la rentabilidad de sus inversiones en infraestructura.
Igualmente, las corporaciones de crédito, al igual que el resto del sector financiero, deben hacer frente a la competencia desleal de cooperativas “abiertas” y entidades no reguladas, que fungen como cuasi entidades bancarias y son mínimamente reguladas, las cuales atienden, en muchos casos, los mismos segmentos que las corporaciones.
Queremos destacar que las corporaciones de crédito, como subsector en el sistema financiero del país, son de vital importancia para la incorporación al sistema formal de nichos no bancarizados, a los cuales se les ofrecen soluciones, muchas veces hechas a la medida, para atender sus necesidades financieras, por lo general en segmentos de mercado insatisfechos o que no quieren ser atendidos por la banca múltiple.
Un dato importante que hay que señalar es que las corporaciones de crédito con frecuencia dan acceso al crédito a personas o empresas que no califican para las instituciones bancarias tradicionales, convirtiéndose en un importante canal de inclusión de un gran número de dominicanos. Esto quiere decir que el impacto social y económico que tienen es crucial para el bienestar general del país.
En adición, también es importante señalar que las corporaciones de crédito representan una fuente de trabajo formal para nuestro país. Nordestana, por ejemplo, es una corporación de crédito que está incluida en la lista de los mayores 20 empleadores del sistema financiero, establecida en San Francisco de Macorís, cuenta con 23 sucursales en el Cibao Central y el Nordeste del país.
Como comentario general, quisiéramos agregar que en varios países latinoamericanos se está evaluando la carga que se les impone a las entidades financieras pequeñas y medianas, a través de una regulación diferenciada, reconociendo que las exigencias regulatorias sin distinción por tipo de entidad están poniendo en riesgo a las pequeñas y medianas entidades financieras, sobre todo las dedicadas al microcrédito.
Las exigencias de las nuevas regulaciones, sin distinguir el perfil de riesgo de las entidades (es decir, los riesgos que asume un gran banco múltiple no se pueden comparar con los riesgos que asume una pequeña corporación de crédito con productos limitados), han creado un escenario cada vez más difícil para que las pequeñas entidades financieras puedan responder, en términos de lo que son las estructuras exigidas, sobre todo por un tema de capacidad de generación de ingresos con una cartera de productos y servicios regulatoriamente limitada.
En nuestro país, el pasado año se celebraron varios congresos internacionales, incluyendo el propio Congreso Anual de Abancord, sobre los retos que enfrentan las pequeñas y medianas entidades financieras, en los cuales se trató el tema de proporcionalidad regulatoria.
En estos foros se hizo referencia a la necesidad de considerar el principio de proporcionalidad como medio de apoyo al desarrollo de los mercados de la región, por la importante función social que llevan a cabo estas entidades en términos de inclusión financiera.
En Basilea III se indica que las legislaciones deben ir de la mano del tamaño, nivel de riesgo y, sobre todo, la importancia social de las entidades financieras, para que los costos que les imponen puedan ser solventados por ellos sin que se pongan en peligro sus operaciones, destacando siempre que esa proporcionalidad debe ser parte de un marco regulatorio acorde a esas condiciones, pero no por ello menos exigente, tomando muy en cuenta la gestión prudencial.
Artículo por: El Dinero